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DERECHO A LA PRIVACIDAD. ART#12. REDACCIÓN. DECLARACION UNIVERSAL.

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  ART#12. DERECHO A LA PRIVACIDAD ÁREAS QUE IMPLICA EL DERECHO A LA PRIVACIDAD. ¿QUÉ SUCEDE SI ES QUEBRANTADA ESTE DERECHO? AREAS QUE IMPLICA ESTE DERECGO.- El individuo tiene derecho a exigir su protección en vista a un ejercicio más pleno del derecho a la vida que comprende el derecho a disfrutar de la vida, lo que conlleva el «derecho a ser dejado en paz». Los derechos íntimos al igual que los deseos y sensibilidades de la gente deben ser respetados. Al igual que su honra e imagen. Como derechos de la personalidad, la intimidad o privacidad, el honor y la imagen, son valores o derechos fundamentales que sirven de presupuesto para el ejercicio de otros derechos. En tal sentido son esenciales, originarios e innatos, extrapatrimoniales, intransmisibles, oponibles «erga omnes», irrenunciables e imprescriptibles y, en principio, intransferibles.  En una primera época el derecho a la intimidad o privacidad, no se admitía con carácter autónomo. Tal derecho se fundamentaba en el de...

ART#12. DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS. DERECHO A LA PRIVACIDAD

  Artículo 12 Derecho a la privacidad Tienes derecho a protección en caso de que alguien trate de calumniarte, de entrar en tu casa sin permiso o de violar tu correspondencia. Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques. VIDEO EL DERECHO A LA PRIVACIDAD DE VIDA, CORRESPONDENCIA, INFORMACIÓN PERSONAL. artículo 12: Derecho a la privacidad ¿Deben las escuelas usar cámaras en el aula para controlar las caras de los niños y determinar si están prestando atención? ¿Usaría wifi gratis en un quiosco de la calle si supiera que sus cámaras y sensores están recopilando información sobre Usted, y que le seguirían rastreando incluso después de salir de la zona de wifi? Si lleva en su muñeca una pulsera inteligente que recopila información sobre su rutina de ejercicio, ¿cómo se sentiría si una compa...

ART#18. DECLARACION UNIVERSAL DERECHOS HUMANOS. LIBERTAD RELIGIOSA. LIBERTAD IDEOLOGICA. LIBERTAD DE CONCIENCIA

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  LIBERTAD RELIGIOSA. LIBERTAD IDEOLOGICA. LIBERTAD DE CONCIENCIA ART#18. DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS La libertad de conciencia, la manifestación de creencias y la libertad de culto en el ordenamiento jurídico chileno (conicyt.cl) La libertad religiosa. La libertad religiosa en su dimensión subjetiva implica la facultad de desarrollar o no una fe en un ser superior, asumiéndola individual y colectivamente, practicándola en público o en privado, mediante el culto, las prácticas, las enseñanzas, el cumplimiento de los ritos y ordenando su vida según sus exigencias, como asimismo el Derecho a no declarar la religión que se profesa, evitando así ser objeto de discriminación o perjuicios por asumir y ejercer un determinado credo o realizar actos religiosos. La libertad religiosa en su dimensión objetiva implica la pertenencia o no a una comunidad de creyentes. La Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el caso "La última tentación de Cris...

ANÁLISIS DE LA LIBERTAD DE RELIGIÓN. VIOLACIÓN DE ESTE DERECHO. ART#18. DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS

  ANÁLISIS DE LA LIBERTAD DE RELIGIÓN. VIOLACIÓN DE ESTE DERECHO El artículo 18 protege  a los creyentes teístas, no teístas y ateos, así como a aquellos que no profesan ninguna religión o creencia . Lo que resulta menos conocido es el papel que jugaron las organizaciones religiosas en el lanzamiento y el mantenimiento del movimiento de derechos humanos. En el sur de Asia, el hinduismo inspiró la larga marcha de Mahatma Gandhi por la liberación de la India. Cristianos protestantes lideraron la lucha para abolir la esclavitud en el Reino Unido y los Estados Unidos en el siglo XIX. Los católicos romanos en Polonia y los luteranos en Alemania oriental estuvieron a la vanguardia de la lucha contra el autoritarismo a finales del siglo XX, y los católicos romanos en América Latina presionaron por la justicia social a través de su "teología de la liberación". Como señaló el ex Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos, Zeid Ra’ad Al Hussein, "los líderes religiosos, ...

ART#18. LIBERTAD DE CULTO Y RELIGIÓN. DECLARACIÓN DE DERECHOS HUMANOS

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  ART. #18 Libertad de culto y religión Artículo 18: Libertad de religión o de conciencia El artículo 18 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH) asegura que todos tenemos derecho a nuestras propias creencias, a tener una religión, a no tener ninguna o a cambiarla. En su momento, la DUDH fue muy progresista al afirmar que los creyentes de todas las religiones y quienes tenían creencias seculares deberían poder vivir en paz, siendo sus derechos garantizados por el Estado y sin verse obligados a seguir una religión nacional o patrocinada por dicho Estado. "La obligación del Estado es garantizar la libertad de religión, y eso implica tratar con todas ellas en pie de igualdad". –Ex Ministro cubano de Exteriores Ricardo Alarcón El artículo 18 protege a los creyentes teístas, no teístas y ateos, así como a aquellos que no profesan ninguna religión o creencia. Lo que resulta menos conocido es el papel que jugaron las organizaciones religiosas en el lanzamiento y el man...

ART#17.DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS. DERECHO A LA PROPIEDAD

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  DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS ART#17. DERECHO A LA PROPIEDAD INDIVIDUAL Y COLECTIVA. Toda persona tiene  derecho a la propiedad,  individual y colectivamente.   Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad. El derecho a la propiedad está contemplado tanto en la DUDH como en diversos instrumentos del derecho internacional humanitario. Tal y como señala  Leah Levy , este derecho no se ve contemplado en ninguno de los Pactos Internacionales, debido básicamente a las diferencias ideológicas que enfrentaban a los estados ‘capitalistas’ y a los ‘comunistas’, ambos con concepciones opuestas sobre la propiedad. Durante los últimos 50 años, se animó a estos aborígenes a transferir sus pinturas secretas de la arena a los lienzos. Sus llamativas pinturas, que incluyen puntos, espirales y sombreados transversales se han convertido en  valiosas obras de arte. En el año 2000, en un tribunal, los aborígenes también consiguieron  obtene...

REDACCIÓN. LOS ELEMENTOS CONSIDERADOS COMO PROPIEDAD DE LOS SERES HUMANOS. ART#17

  DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS REDACCIÓN ART#17. LOS ELEMENTOS QUE SE CONSIDERAN COMO PROPIEDAD DE LOS SERES HUMANOS.- VIDEO Artículo 17 - YouTube Los bienes o en la riquezas de los ricos o de los más afortunados de la sociedad y nos olvidamos de los bienes de los más pobres, que a veces son tan pobres tan pobres, que solo disponen de los cuatro elementos básicos para la vida: la tierra, el aire, el agua y el fuego, representado en el Sol.   Alguien, algún organismo internacional político, debería obligar a respetar la propiedad de estos elementos básicos para todos los seres humanos, porque aquí, en España, ya han intentado arrebatarnos el derecho al sol. Lo llamábamos el “impuesto al sol” y estuvimos a punto de perder el derecho a disfrutarlo libremente. No consiguieron arrebatárnoslo, pero no las tenemos todas con nosotros. Así que tenemos que vigilar que nadie intente hacernos pagar por un bien que es básico para la vida y, por tanto, pertenece a todos l...