ART#5. DECLARACIÓN DERECHOS HUMANOS. TORTURAS O TRATOS CRUELES

 


DECLARACIÓN UNIVERSAL DERECHOS HUMANOS

ART#5. NADIE SERÁ SOMETIDO A TORTURAS NI A PENAS O TRATOS CRUELES



 

Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

¿Qué se entiende por tortura? La Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Inhumanos y Degradantes, entiende por tortura:

‘todo acto por el cual se inflijan intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos sean infligidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia. No se considerarán torturas los dolores o sufrimientos que sean consecuencia únicamente de sanciones legítimas, o que sean inherentes o incidentales a éstas’.

Podéis consultar la información sobre los países que han ratificado esta Convención (y las reservas que han puesto) y los que no la han ratificado.

¿Qué es un trato cruel, inhumano o degradante? Según Leah Levin no existe todavía una definición de esta expresión. Diferentes organizaciones incluyen bajo este paraguas explicativo acciones como: experimentos biomédicos con presos, mutilación genital y castración, reducción del régimen alimenticio, encierro en celdas solitarias, utilización de instrumentos que causen dolor, etc.

Pese a la existencia de instrumentos internacionales, se hay que destacar que se continúan registrando casos de tortura, en muchas ocasiones llevados a cabo por las mismas fuerzas policiales o de seguridad del estado. En algunos, casos, tal y como recoge Amnistía Internacional, las torturas se producen por miembros individuales. Así se refleja en el siguiente texto:

La tortura, una afrenta a la humanidad

La tortura deshumaniza tanto a la víctima como al autor. El dolor y el terror causados deliberadamente por un ser humano a otro dejan marcas permanentes: huesos destrozados, miembros retorcidos, pesadillas recurrentes que mantienen a la víctima en un estado de temor permanente, etc. Pero los perjuicios que causa van más allá del trauma y el sufrimiento de la persona torturada y de quienes la rodean: cada caso de tortura contribuye a menoscabar los valores que mantienen a la sociedad cohesionada, entre otros la solidaridad. La prohibición de la tortura constituye uno de los preceptos fundamentales de las normas internacionales de derechos humanos. Sin embargo, pese a todos los esfuerzos por acabar con ella, la tortura sigue siendo una práctica generalizada. El Informe Anual 2003 de Amnistía Internacional, publicación en la que la organización analiza la situación de los derechos humanos en distintos lugares del mundo, contiene informes concernientes a 106 países sobre casos de tortura y malos tratos infligidos por agentes del Estado. En algunos países la tortura es una práctica sistemática, en otros es relativamente frecuente aunque no se recurra a ella como método oficial de represión.

 

La tortura: un delito del siglo XXI

Transcurridos 55 años de la proclamación de la Declaración Universal de Derechos Humanos, sus palabras tienen más validez que nunca: «Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes».


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